En el pasado mes de Agosto del 2017, el congreso de Colombia propuso multar a clientes de trabajadoras sexuales autónomas y libres. Ante un proyecto de ley con estas características, que podrían impactar de manera trascendental a los implicados y a la sociedad, parece importante entender los aspectos psicológicos y sociales que lo involucran en relación a las motivaciones por las que se propuso este proyecto de ley, y la manera como esto podría impactar a la sociedad y las personas implicada.

El modelo abolicionista, como se explicara mas adelante, no ha podido demostrar ningún beneficio para la sociedad y mucho menos para las trabajadoras sexuales. Por lo tanto y ante una posible buena intensión que pudiera tener el proyecto, resultaría en un acto  injusto e irresponsable progresar en Colombia una propuesta de estas características.

Para poder explicar más a fondo el tema se ha divido este texto en los siguientes apartes:

  1. Violencia de genero y el abolicionismo.
  2. ¿Por qué castigar la demanda resulta construyendo pilares de violencia y vulnerabilidad?
  3. Trabajo sexual autónomo vs trata y explotación sexual
  4. Cifras de medicina legal de Colombia
  5. Contradicción entre desestimulación y adquisición de fondos
  6. Acerca de los clientes
  7. ¿Qué influencia tendrá multar el oficio sobre los implicados?
  8. Victimización de las trabajadoras sexuales.
  9. Clandestinidad del oficio
  10. Establecimientos y explotación sexual
  11. Acerca del modelo sueco hacia la prostitución.

VIOLENCIA DE GÉNERO Y EL ABOLICIONISMO.

El término “violencia de género” se podría  aplicar de manera acertada y con todas las denominaciones en casos de trata o explotación sexual debido especialmente y entre muchas razones,  a la opresión de la libertad. El trabajo sexual libre y autónomo por su parte, se desarrolla en un contexto muy diferente y diverso, pero a pesar de esto y promovido por la ideología del feminismo radical, se suele exagerar y además generalizar sobre esta violencia estereotipándolo como un oficio donde la violencia siempre es inherente. Aunqué no se puede negar el nivel especial de vulnerabilidad que tiene el trabajo sexual libre y autónomo, cabe preguntarse, de qué manera el imponer castigos sobre el oficio, podría ayudar para que cualquier tipo de violencia desaparezca; además que al no poner en el contexto preciso y honesto esta violencia, finalmente resulta creando otro tipo de violencia mucho más compleja y traumática.

Es importante entender que la generalización y exageración sobre la violencia hacia trabajadoras sexuales, mencionadas constantemente dentro del lobby  abolicionista, es la columna vertebral de su estrategia de convencimiento popular; pero el hecho de no poner cifras y situaciones en un contexto preciso, real e imparcial, solo genera confusión y mayor vulneración a los derechos de las trabajadoras sexuales.

El objetivo final del  abolicionismo se sustenta en razones que colindan en intereses basados en la ideología del feminismo radical, y no tanto en el  sentido social y protector, el cual usan más como fachada para  justificar sus intereses ideológicos. Al feminismo radical le  conviene usar la estrategia de unificar monolíticamente el delito de la explotación sexual con el trabajo sexual libre, para así facilitar la fatalización y el convencimiento popular sobre la “violencia extrema” que según ellos, representa el trabajo sexual libre.

También suelen obviar, por conveniencia, que violencia y riesgos puede existir en prácticamente todos los oficios, profesiones o trabajos. En algunos podrá ser menor o mayor, pero en muchos otros ocurre constantemente y los riesgos pueden ser incluso mucho mayores que el trabajo sexual libre, y no por eso nadie va a plantar la idea de erradicar esa profesión. No hay duda que algo se tiene que hacer para disminuir la violencia sobre trabajadoras sexuales, pero insisto, ¿Ante la inexorable existencia del trabajo sexual, de qué manera penalizar su demanda puede ayudar a disminuir esta violencia?

¿POR QUÉ CASTIGAR LA DEMANDA RESULTA CONSTRUYENDO PILARES DE VIOLENCIA Y VULNERABILIDAD?

  • Multar la demanda de trabajadoras sexuales libres  para así presionarlas al desespero económico y con el objetivo de que cambien de oficio en contra de su voluntad, no deja de ser una estrategia de violencia sicológica y a su integridad personal.
  • Al multar la demanda se anulan las regulaciones existentes del trabajo sexual autónomo que previenen la clandestinización, y ante este inevitable hecho, se expondrá a las trabajadoras sexuales a una seria de situaciones donde sin duda se vería incrementada cualquier tipo de vulnerabilidad.
  • Al multar la demanda aumentaría la estigmatización y discriminación social. Además que esta estigmatización aumenta los casos de violencia, especialmente de parte de la policía, tal como ha ocurrido en los países donde se ha impuesto este modelo.
  • Se les subestima su habilidad o capacidad de conseguir otros medios de subsistencia, si así lo quisiesen, tal como lo puede hacer cualquier otro ciudadano.
  • Se les infantiliza al imponerse sobre su decisión y libertad. Los derechos humanos sin duda son violados ante situaciones de trata y explotación sexual, pero diferente es el caso en el trabajo sexual autónomo donde estos derechos podrían ser violados cuando el estado pretende imponerse sobre la voluntad y  las decisiones sobre la privacidad y la libertad.
  • Resulta siendo una forma de violencia psicológica, el considerar que las trabajadoras sexuales autónomas como víctimas sumisas y que son usadas como objetos por sus clientes, a pesar que ellas mismas se oponen enfáticamente a este tipo de denominaciones.  Prejuicios morales en relación al sexo o planteamientos ideológicos como el feminismo radical, no pueden ser justificables para estos calificativos infundados. En todos los trabajos existentes se requiere el cuerpo para su ejecución, ningún trabajo se realiza desde planos metafísicos. Además la intimidad es algo que debe definir cada sujeto independiente de ideologías intrusivas. Cuando se entiende  el sentido real del concepto de propiedad y las características intrínsecas y matices variables del trabajo sexual por decisión propia, entonces resulta careciendo de todo sentido, e incluso resulta siendo ofensivo calificarlas de víctimas de apropiación ajena o de ser usadas como objetos o alquiler de mercancías.


TRABAJO SEXUAL AUTÓNOMO VS TRATA Y EXPLOTACIÓN SEXUAL

La gran mayoría de la población  en Colombia y gobiernos del mundo, entiende  claramente las diferencias que existen entre el trabajo sexual libre de delitos como la trata o explotación sexual, así como fácilmente logran diferenciar el matrimonio institucional consensuado del matrimonio servil, la mendicidad forzada de la mendicidad por cuenta propia, la trata con fines de trabajo domestico del trabajo domestico autónomo, etc. Pero al parecer al feminismo radical le conviene insistentemente omitir esta realidad.

El trabajo sexual libre y autónomo consiste en que la oferta de manera consciente y voluntariamente en medio de su plena libertad, desea de la demanda obtener un beneficio económico y por lo tanto, hace todo lo necesario para que esto sea posible, usando alguna estrategia de seducción o publicidad y así inducir a la tentación. Mientras que la trata y explotación sexual consiste en la coerción de la libertad, es decir, traficar y constreñir a otro para realizar una acción fuera de su consentimiento, generalmente bajo la amenaza de algún tipo de perjuicio personal. Obviar estas grandes diferencias o tratarlos como “intrínsecos”, solo logra que el estado sea ineficiente en tomar las medidas adecuadas sobre cada situación, además que deriva en una disminución de la conciencia social acerca de la prostitución autónoma.

Es evidente que el proyecto de ley propuesto en el congreso de Colombia, está dirigido única y exclusivamente al trabajo sexual libre y autónomo, ya que  Colombia  posee un código penal  bastante severo en casos de trata y prostitución forzada. También a través del código de policía y en sus artículos se previene la clandestinización del oficio y actos delictivos, además que promueve una serie de normas de convivencia, sanidad y protección hacia las trabajadoras sexuales. No todo será perfecto en este sentido y habrá asuntos por solucionar, pero sin duda la mayoría de la población y el estado preferirán mantener un oficio que inexorablemente siempre va a existir, regulado y a la vista y no sumergido en entramados clandestinos. Bajo este panorama, las decisiones individuales sobre un acto consensuado entre adultos ejercido en la libertad, de manera autónoma y  que colindan en la privacidad e intimidad, debería de requerir tolerancia y protección, pero nunca penalización alguna.

CIFRAS DE MEDICINA LEGAL DE COLOMBIA

En la presentación del proyecto ante la opinión pública, se ha intentado justificarlo, mencionado que “según Medicina Legal de Colombia han desaparecido 33.000 trabajadoras sexuales”. Sin embargo, las cifras en la cartilla oficial de Medicina Legal de Colombia “Comportamiento del fenómeno de la desaparición, Colombia, 2013” parecen diferir de las mencionadas. Allí se especifica que en 77 años (1938 – 2013) han desaparecido tan solo 240 trabajadores sexuales. Es un numero ínfimo en proporción al total  de mujeres desaparecida que no tiene ninguna relación con el oficio de la prostitución el cual es de 36.211 (Según informe del director de Medicina Legal, Carlos Valdés),  Llama la atención que muy por encima de la estadística de trabajadores(as) sexuales están un gran número de otros grupos considerados como vulnerables, además se destaca que en esos años han desparecido 88.468 hombres, más del doble que mujeres.

Obviamente cualquier cifra merece la preocupación y atención de las autoridades de control y aparato de justicia, pero sin embargo vale la pena preguntarse ¿De qué manera el imponer penalidades a un oficio que inexorablemente siempre va a existir, podrá ayudar a evitar que mujeres trabajadoras sexuales y las que no tienen ninguna relación con la prostitución, sean acecinadas o desaparecidas?

CONTRADICCION ENTRE DESESTIMULACION Y ADQUISICIÓN DE FONDOS

Basados en  el objetivo del proyecto, en el que supuestamente “se desestimula a los clientes a través de multas para que no paguen por sexo, las cuales se usarían como fondos  para programas que ayudarían a trabajadoras sexuales para que cambien de oficio”. De esto surge una gran contradicción y mensaje confuso hacia la sociedad: “No queremos que nadie pague por sexo pero al mismo tiempo necesitamos que lo haga para obtener recursos, y así poder solventar los ingresos que dejara de recibir la oferta de una demanda que no queremos que exista”.

Resulta que las multas en este proyecto no tienen un valor secundario u ocasional como en otro tipo de multas, sino que son de una necesidad primaria y esencial debido a que el proyecto no plantea alternativas en la manera de obtener recursos. Las multas son tan esenciales para que este proyecto tenga algún sentido, que si en el hipotético caso, todos los clientes dejaran de ser demanda de un día para otro,  entonces resultaría que cientos de miles de trabajadoras sexuales en el país dejarían de recibir sus importantes ingresos de un día para otro y así mismo no habría recursos para ayudarlas, de lo cual fácilmente se podría deducir el problema social que se crearía.

Bajo esa premisa, se concluye que la multa resultaría siendo en un tributo estatal y no un supuesto “método pedagógico” o castigo. Pero a diferencia de otros tributos estatales donde se suele buscar que haya el mayor número de contribuyentes, en el caso de este proyecto, se pretende que no haya ningún contribuyente, pero al mismo tiempo se quiere que si los haya, debido a  que resultaría esencial el recurso de las multas para que el proyecto tenga algún sentido.

ACERCA DE LOS CLIENTES

Según manifiestan directamente las trabajadoras sexuales, la gran mayoría de los clientes son decentes y amables, y generalizarlos como violentos es injusto e inexacto. Si los clientes fueran comúnmente violentos, y teniendo en cuenta que a diario se realizan en Colombia cientos de miles de transacciones de servicios sexuales, entonces muy seguramente desde los medios de comunicación y la justicia se escucharía ocasionalmente noticias al respecto, cosa que no sucede prácticamente nunca. Pero al feminismo radical le conviene satanizarlos para así poder sostener sus argumentos ideologicos. A diferencia de las afirmaciones generalizadas del abolicionismo, la realidad es que la mayoría de clientes son solteros, los hay viudos, separados, casados con matrimonios disfuncionales y acceden al servicio de trabajadoras sexuales por la más obvia  de las razones,  tener una relación sexual. Acompañados muchas veces de vidas solitarias y otras situaciones psicológicas que directamente hemos tratado en nuestros consultorios, pero que siempre están lejos de intenciones de poder o misóginas. Afirmar que los clientes buscan trabajadoras sexuales libres solo para  tomar poder sobre la femineidad o buscar la sumisión, tal como suele difundir el feminismo radical, además de ser una falsedad, evidencian  claramente la intención ideológica con la que refuerzan argumentos y acomoda situaciones a favor de sus intereses, además de subestimar la inteligencia de la gente sobre situaciones que el sentido común y evidencias más realistas se sobreponen.

Los abolicionistas se apoyan en calificar a los clientes como violentos usando foros cibernéticos donde hay comentarios, que si bien en algunos casos si carecen de decoro y prudencia, eso no significa que en la acción sean violentos o quieran tener poder sobre la mujer, de hecho sus comentarios refuerzan que el tema en relación es de índole sexual y no de índole misógina. Detalles de fantasías, morbo, lenguaje poco decoroso, no se limita solo a los hombres, ¿Quien puede afirmar con certeza que las mujeres entre ellas y sus amigas no usan comentarios similares refriéndose a los hombres? Y todo esto no significa que se quiera de una personan hacer un objeto o mercancía, de hecho son comentarios que se realizan constantemente en la cotidianidad entre amigos refriéndose al sexo opuesto en general sin ninguna relación a la prostitución.

¿QUÉ INFLUENCIA TENDRÁ MULTAR EL OFICIO SOBRE LOS IMPLICADOS?

Las personas que decidan libremente cambiar a otro trabajo lo pueden hacer sin necesidad que les generen penalizaciones en la ejecución de su oficio, de otro manera resulta siendo una manera de coerción; pero en términos generales, debido a la falta de oportunidades con ingresos equiparables y dignos en relación al promedio que suelen ganar las trabajadoras sexuales en Colombia, ya sea por el sentir de libertad que les proporciona, o por una decisión personal inmutable, las penalidades que se impongan a la demanda, no lograra influenciar en la decisión de trabajadoras sexuales y por lo tanto el oficio se resistirá a decrecer. Así mismo, los clientes por más multas que les impongan, seguirán pagando por sexo y la amenaza de multas no les persuadirá su accionar como demanda. No es lo mismo la disuasión sicológica que podría ejercer una multa sobre una infracción de tránsito, la cual razonablemente atenta contra la seguridad o convivencia y es cometida por imprudencia o mala intención, mientras que en el trabajo sexual es algo que ni el cliente ni la mayoría de la población racionalmente percibe ni percibirá como algo que deba castigarse, ya que en la gran mayoría de los casos y bajo un escenario de regulaciones, no genera ninguna afectación racional sobre nadie.

Las penalizaciones económicas no van a afectar las razones por las que clientes pagan por sexo, la cual se limita en casi la totalidad de los casos al deseo sexual. Por lo tanto las penalizaciones no disuadirán, sino más bien inducirán a la búsqueda de estrategias para seguir haciendo lo mismo y evadir las penalizaciones. Este accionar no se realizara solo, sino bajo el amparo de la oferta, la cual ejercerá protección sobre ellos empujándolos a ambientes y situaciones clandestinas, similar a como ocurre hoy en día en la fracasada guerra contra las drogas, o sin ir tan lejos, como ocurre en los países donde la prostitución es prohibida. Por esas razones, sería perjudicial para la sociedad la creación de una ley, que omita este tipo de realidades humanas y sociológicas cobijándose en fundamentos ideológicos o moralistas.

En el caso del trabajo sexual por cuenta propia, no son los clientes los que las inducen u obligan a trabajadoras sexuales a ejercer el oficio, ni estas son impulsadas a ejercer el trabajo sexual por la existencia de una posible demanda. La demanda es apenas un eslabón en la cadena del comercio, pero no es la raíz de fondo para que exista este oficio. La necesidad de obtener recursos económicos sustentables y la búsqueda de independencia, entre otras razones son las que llevan a una persona a ejercer la prostitución por cuenta propia, y a la final resulta siendo las mismas razones por las que la gran mayoría de la humanidad busca un trabajo o un emprendimiento cualquiera. Por lo tanto poner el foco en el cliente, tal como pretende este proyecto y el modelo abolicionista, además de inútil y alejarse de la raíz de fondo, resulta contraproducente.

VICTIMIZACION DE LAS TRABJADORAS SEXUALES.

Debido a los contextos tan diferentes entre el trabajo sexual autónomo de la trata o explotación sexual, es importante diferencia la acción de abrir espacios de oportunidades, que la de ser “rescatadas” o ser “sobrevivientes”. Los mecanismos para ayudar a cambiar de oficio a trabajadoras sexuales que libremente lo quieren hacer sin la presión del estado, son en realidad muy similares de los que se aplicaría a una persona que ejerce cualquier otro oficio o profesión. Simplemente se requiere actuar en aspectos estructurales que van desde la creación de mejores oportunidades y facilidades de acceso a la educación y la creación de espacios y beneficios en emprendimiento y empleos con salarios dignos, ayudando así a consolidar una economía favorable y justa a toda la población.

El proyecto parece subestimar la capacidad de las mujeres que ejercen el trabajo sexual para cambiar a otro tipo de oficios si así lo decidieran de manera voluntaria. Según la Secretaria Distrital de la Mujer el 95% de las mujeres que ejercen el trabajo sexual no poseen ningún tipo de discapacidad. Cabe preguntarse entonces, ¿Porque millones de colombianos e incluso extranjeros desplazados consiguen algún medio de sustento económico ya sea de manera informal o formal sin necesidad de recurrir a la prostitución?. El subestimar la capacidad de estas mujeres para buscar un sustento diferente al trabajo sexual, resulta rebajando su intelecto, considerándolas incapaces de poder decidir por sí misma, sobre su vida y su cuerpo, lo que resulta siendo una forma de violencia con connotaciones machistas. Al feminismo radical le conviene desconocer que existen muchas personas que quieren ejercer el trabajo sexual, incluso teniendo otras opciones laborales y claramente en Colombia siempre habrán otras opciones. Si bien podrá ser difícil conseguir ingresos suficientes para tener un estilo de vida cómodo, no por eso se van a ver obligadas a mantenerse en ese oficio. Por lo tanto, resulta bastante viable para estas mujeres, en su gran mayoría saludables e inteligentes, el poder iniciar cualquier tipo de emprendimiento o búsqueda de empleo de manera voluntaria. En algunos casos podrá tomar más tiempo o ser más complicado, pero no por eso, el estado debe tomarse el derecho de presionarlas hasta el desespero económico penalizando su demanda, para que cambien de oficio.

Por supuesto que no está de más el trabajo social como guía y ayuda, pero muy diferente es el hecho pretender crear una ley debido a molestias ideológicas o morales y decidir sobre la vida de otros. Si existiesen situaciones aisladas en las que alguna persona se viera obligadas a ejercer el trabajo sexual en contra de su voluntad, entonces sería viable la ejecución focalizada del estado sobre estos casos concretos, pero sin afectar a las que no hacen parte de estas situaciones.

La gran mayoría de trabajadoras sexuales advierten que prefieren mantenerse en ese oficio principalmente porque presuponen que van a tener ingresos muy inferiores en otra labor y que además van a perder la independencia y libertad que les representa este oficio. La presunción no es del todo equivocada ya que las ganancias de una trabajadora sexual en Colombia puede ser ligeramente o muy superiores al salario minimo mensual.

¿POR QUÉ MULTAR EL TRABAJO SEXUAL LIBRE NO LOGRARA INFLUENCIAR POSITIVAMENTE?

Por lo general en la mayoría de situaciones sociales que suelen percibirse como tabú, prima el discernimiento individual que juzga desde su propia perspectiva, es decir, el valor intelectual y  racional en relación a la ética. Una ley punitiva basada en  principios morales o idealismos utópicos y además disociados a la realidad social, subestimara el libre pensamiento y el razonar de la sociedad, que resultaría en la nula influencia moral de parte del estado sobre la percepción que se pueda tener del oficio.

En otras situaciones donde no hay ningún delito implícito, no suele legislarse en contra de la demanda como estrategia disuasoria sobre la oferta, y esto es debido a la manera cómo esto afectaría la libertad y libre desarrollo de la personalidad. Es por todo esto, que debido a los matices particulares que posee el trabajo sexual libre y autónomo, la penalización se percibirá como un acto de injusticia ante la opresión de la libertad, y como consecuencia se resolverá en acciones de rebeldía, que a la larga, resultara creando los problemas sociales que no existían antes y que el proyecto pareciera querer prevenir.

CLANDESTINDAD DEL OFICIO

El trabajo sexual libre y autónomo, en términos generales, no es clandestino en Colombia y esto gracias a las sentencias de la Corte Constitucional de Colombia que ha impulsado a Distritos y Congreso tomar medidas de regulación y protección a los derechos de las trabajadoras sexuales. No es necesario que un establecimiento se identifique directamente en relación con la prostitución para que no se considere clandestino. Casi siempre se implica  fácilmente la actividad o se deduce por el simple hecho de encontrase en una zona de tolerancia. Estos establecimientos están identificados y las autoridades, organismos de control y población en general tienen pleno conocimiento de la actividad que se realiza, de hecho, estos establecimientos deben tener registros sanitarios entre otros requisitos para su funcionamiento. Si se generan contravenciones, entonces se buscaran estrategias para proteger a los clientes, lo cual resulta en la ocultación de las autoridades, de controles sanitarios, seguridad, trabajo social, etc. lo que se traduciría finalmente en clandestinidad y todas sus concencuencias.

ESTABLECIMIENTOS Y EXPLOTACION SEXUAL

El termino proxenetismo resulta siendo ambiguo bajo diferentes definiciones, pero basándonos en la mencionada el proyecto el cual cita: “Tipo penal que tipifica la conducta que se ejerce con el ánimo de lucrarse o satisfacer deseos de otro, induciendo al comercio carnal o a la prostitución de otra persona”, la palabra “inducción” entendiéndose según como la define La Corte Penal de Colombia como “el acto de persuasión, de instigación y provocación seductora o engañosa dirigida a hacer nacer en la víctima el propósito de prostituirse” esta sería la acción determinante para que el concepto de proxenetismo cumpla su significado, de otro modo, el simple hecho de lucrarse sin inducción ni constreñimiento no debería ser suficiente para la calificación de proxenetismo. Existen muchos negocios debidamente legales relacionados en zonas conjuntas, donde laboran las trabajadoras sexuales que se lucran casi en su totalidad del ambiente en relación al trabajo sexual, y no por ese hecho se les va a calificar como proxenetas.

Según algunas de nuestras investigaciones específicamente en Bogotá, la mayoría de establecimientos funcionan como intermediarios que obtienen lucro exclusivamente de la venta de bebidas y el alquiler de cuartos, similar como lo hacen los moteles en zonas de tolerancia, donde generalmente las trabajadoras sexuales se quedan con un mínimo promedio del 65% de la transacción. Llegan voluntariamente o por intermedo de amigas o familiares también en el oficio. Los establecimientos también se lucran indirectamente y de justa manera de estas transacciones, pero no suelen ser los entes de inducción.

Ya dentro, debido a que no son empleadas sino trabajadoras independientes, ellas tienen libertad de ir al establecimiento los días que quieran y de cambiar de establecimiento, sin esperar ningún coerción de parte de estos. A pesar de esta libertad, algunos establecimientos y por obvias razones, les sugieren acoplarse a los horarios y establecen tarifas, además de comportamientos de protección y convivencia, ya de por si articulados en el código de policía. Por lo tanto, basados en estas situaciones y en las definiciones de términos en relación, la acusación de proxenetismo o explotación sexual se debería de usar con más cuidado y sin generalización.

ACERCA DEL MODELO ABOLICIONISTA DE PROSTITUCION.

Es importante saber que este modelo solo se ha implementado sin ningún éxito en tan solo 6 países en el mundo y lo hicieron por razones donde la prostitución, economía, aspectos sociales, legales y constitucionales son muy diferentes a los de Colombia. Países con un alto índice de trata interna, y desde la fuerte presión de la agenda ideológica del feminista radical se impulso este experimento social.

Colombia por su lado, posee un muy bajo índice de trata interna pero  muy alto en casos de trata externa, situación que se  vería incrementada de implementarse algún tipo de penalización sobre el trabajo sexual libre.

De todos modos este modelo abolicionista, en ningún país ha podida demostrar de manera fiable y honesta algún tipo de beneficio a la sociedad y mucho menos a las trabajadoras sexuales, diferente a satisfacer el ego del feminismo radical. Incluso algunos de estos gobiernos han sugerido derogar la ley. Otros gobiernos, Amnistía Internacional, ONGs y varias organizaciones de derechos humanos han analizado este modelo pero lo han rechazado, debido básicamente a los perjuicios que han resultado creando a las trabajadoras sexuales en relación a su seguridad, sanidad, entre otros. En Suecia, después de 18 años el único cambio importante es que un porcentaje de la prostitución callejera se ha desplazado a interiores y a métodos fuera del control de las autoridades, es decir, se ha sumergido en una peligrosa clandestinidad.

Ninguna nación en el mundo ha estado si quiera cerca de abolir la prostitución libre, es tan simple como entender, que mientras haya humanidad la prostitución existirá en cualquier modalidad, método o forma y no existe modelo o manera de lograr erradicarla. Es por eso que desde el punto de vista sociológico, si se busca tomar decisiones sobre esta situación, se debe afrontar de manera realista y sensata. Perseguir idealismos utópicos y fanáticos, preceptos moralista o egos personales, pero a su paso ir dejando un reguero de problemas, no parece ser el método efectivo ni responsable de manejar este fenómeno social.

 

Bibliografía

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